La Corte Suprema de Justicia de la Nación rechazó un recurso presentado por la ex diputada nacional Vanina Biasi en el marco de la causa en la que fue procesada por presuntas expresiones antisemitas en redes sociales. La decisión del máximo tribunal se basó en que la presentación fue realizada fuera de los plazos legales establecidos.
El expediente se originó a partir de una denuncia que acusa a Biasi de haber publicado, entre el 27 de noviembre de 2023 y el 29 de enero de 2024, una serie de mensajes en su cuenta de la red social X que, según la investigación, podrían encuadrarse en el delito de incitación a la discriminación. En particular, se consideró que los contenidos “alentarían o incitarían a la persecución o el odio contra la comunidad judía”, en los términos del artículo 3° de la ley 23.592.
Esa norma prevé penas de entre un mes y tres años de prisión para quienes promuevan o justifiquen la discriminación basada en ideas de superioridad racial, religiosa o étnica.

El 7 de agosto de 2025, la Sala I de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Criminal y Correccional Federal confirmó el procesamiento de la exlegisladora sin prisión preventiva y dispuso un embargo de 10 millones de pesos. En su resolución, el tribunal remarcó la importancia del contexto en el que se difundieron los mensajes: “Si bien el uso aislado de dichos términos no configuraría, en abstracto, una conducta penalmente relevante, en el caso concreto, y atendiendo el contexto comunicacional y el contenido global en el que fueron proferidos, su significación adquiere una connotación típica”.
La defensa de Biasi intentó revertir esa decisión mediante un recurso de casación, que fue rechazado el 10 de septiembre de 2025 por la Cámara Federal de Casación Penal. Posteriormente, presentó un recurso extraordinario federal, que también fue denegado el 16 de octubre del mismo año por no estar dirigido contra una sentencia definitiva ni plantear una cuestión federal suficiente.
Frente a ese escenario, los representantes de la ex diputada acudieron en queja ante la Corte Suprema. Sin embargo, el máximo tribunal —con las firmas de Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti— desestimó el planteo por haber sido presentado de manera extemporánea.
De esta manera, quedó firme el procesamiento dictado en instancias anteriores, mientras la causa continúa su curso en la justicia federal. De ese modo seguirá hacia el juicio oral. El expediente había sido elevado a fines de 2025 y quedó en manos del juez federal Marcelo Martínez de Giorgi.
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