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El Gobierno volvió a suspender más de 21 mil pensiones por invalidez

A través de la Resolución 3695/2026 dispuesta en el Boletín Oficial, la ex ANDIS abrió un plazo de 60 días para que reclamen los afectados.

La Pluma Por La Pluma
28 de octubre de 2026 - 1:43 pm
en Economía
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La ANDIS fue intervenida por Lugones y luego desarticulada en otro organismo.

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El Gobierno anuló la Resolución N° 13.901/2025, que había restablecido el cobro de las pensiones no contributivas por invalidez laboral, mientras que la Secretaría Nacional de Discapacidad (ex ANDIS) indicó que los titulares afectados deben realizar un trámite de rehabilitación que les permita volver a recibir el beneficio.

Bajo el argumento de datos sociales insuficientes por parte de los pensionistas –en el Boletín Oficial se desconoce por qué fue elegido este grupo de beneficiarios-, el Ejecutivo se ahorró más de $8.000 millones mensuales que el Tesoro no va a devolver. Es decir, profundiza sobre la idea de «equilibrio fiscal» quitándole la pensión a 21.812 personas (identificadas en el Anexo I), que encima no llega ni a los $ 400 mil con el bono extraordinario.

Para evitar quedarse sin este beneficio, los pensionistas cuentan con un plazo de 60 días que comienza a partir de la publicación de esta resolución y no de su notificación.

El conflicto se originó en septiembre de 2025, cuando el Juzgado Federal N° 2 de Catamarca ordenó restablecer las pensiones de las personas comprendidas en el colectivo de beneficiarios de esa provincia, pagar los haberes retenidos y abstenerse de continuar las auditorías y disponer nuevas suspensiones en los términos de la orden judicial.

En septiembre de ese año, la ex ANDIS dispuso restablecer las prestaciones de las personas identificadas en su Anexo I, en cumplimiento de la medida cautelar inicial, y un mes más tarde, la medida cautelar se extendió a todo el territorio nacional. En noviembre, la ex ANDIS apeló la decisión, aunque el juez resolvió favorablemente el reclamo. Sin embargo, en febrero de 2026, la Cámara Federal de Tucumán revocó la sentencia de primera instancia que había dado lugar a la demanda.

“Para el gobierno de (Javier) Milei es prioritario asegurar que la asistencia social llegue en forma efectiva a quien se encuentra en situación de vulnerabilidad. Por eso, desde el comienzo de la administración hemos fortalecido programas que van directo a las personas que los necesitan”, dijo ayer el vocero presidencial Adrián Ravier, en su habitual conferencia de prensa. “El beneficio no se otorga por la sola existencia de discapacidad o por contar con el certificado”, aclaró.

En ese sentido, mostró un cuadro comparativo que muestra el incremento “exponencial” de pensiones entre el año 2001 y 2023. “El padrón se multiplicó por mas de 15 veces (…) Argentina es uno de los países con mayor porcentaje de pensionados por invalidez laboral en el mundo, similar a países que tuvieron o tienen guerras”, sostuvo.

Para recuperar la pensión, las personas afectadas deberán presentar la documentación médica actualizada, que permita acreditar la situación de salud y las limitaciones correspondientes; los datos personales renovados, para mantener actualizada la información del titular; y antecedentes y documentación pertinente para acreditar el derecho a continuar cobrando la pensión.

La norma no establece una lista cerrada de documentos médicos específicos para todos los casos. La documentación necesaria dependerá de la situación individual y de los antecedentes que obren en cada expediente.

Para apelar a la resolución firmada por el secretario de Discapacidad, Diego Masaragian, la comunicación oficial sostiene que «podrán articularse los recursos contemplados en los artículos 84 y 89 del Reglamento de Procedimientos Administrativos, aprobado por el Decreto N° 1759/72 (T.O. Decreto N° 894/17), en el plazo de VEINTE (20) o TREINTA (30) días de notificados, respectivamente«.

 

MM

Temas: ANDISdestacada_3pensiónPension por Invalidez LaboralSecretaría de Discapacidad
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