La Justicia bonaerense confirmó que la medida cautelar que frenó los aumentos de las tarifas eléctricas también alcanza a las cooperativas que prestan el servicio bajo jurisdicción provincial y municipal. La definición despejó las dudas que habían surgido tras el fallo del 18 de septiembre, que había mencionado de manera explícita a las distribuidoras EDES, EDELAP, EDEA y EDEN.
La aclaración fue realizada por el Juzgado en lo Contencioso Administrativo N° 1 de Bahía Blanca, a cargo del juez Agustín López Cóppola, a partir de un pedido presentado por la Defensoría del Pueblo bonaerense, encabezada por Guido Lorenzino.
El magistrado consideró que no era necesario ampliar formalmente la cautelar, ya que las cooperativas se encuentran comprendidas dentro de la Resolución 585/2026 del Ministerio de Infraestructura y Servicios Públicos, cuyos efectos fueron suspendidos por la Justicia.
Sin embargo, para evitar interpretaciones diferentes y garantizar que la decisión llegue a todas las prestatarias, López Cóppola ordenó al Organismo de Control de Energía Eléctrica de la Provincia de Buenos Aires (OCEBA) comunicar formalmente la medida a las cooperativas eléctricas que operan bajo jurisdicción provincial y municipal.
Ordenan suspender el aumento de la luz en la Provincia por pedido de la Defensoría
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— Defensoría del Pueblo PBA (@defensoriaPBA) September 18, 2026
Qué pasa con las facturas
La cautelar había suspendido la aplicación de los aumentos establecidos por la Resolución 585/2026 y ordenado restablecer el cuadro tarifario anterior para los componentes provinciales de la factura eléctrica. El esquema cuestionado comenzó a aplicarse desde agosto e incluía modificaciones en conceptos como el Valor Agregado de Distribución (VAD).
Con la nueva aclaración, las cooperativas comprendidas por esa normativa también deberán aplicar el criterio fijado por la Justicia. En los casos en que los usuarios ya hayan abonado facturas que incorporaron los valores alcanzados por la suspensión, las diferencias deberán computarse como saldo a favor en liquidaciones posteriores.
La decisión no constituye una sentencia definitiva sobre el esquema tarifario, sino una medida cautelar mientras continúa el trámite de la causa.

El origen de la disputa
El expediente se inició a partir de una presentación del Defensor del Pueblo bonaerense contra la actualización tarifaria dispuesta por la Provincia. Uno de los principales cuestionamientos estuvo vinculado con la falta de una nueva audiencia pública antes de la aplicación de los incrementos.
En su resolución original, el juez López Cóppola sostuvo que habían transcurrido varios años desde la última audiencia pública vinculada con la revisión tarifaria y consideró que debía garantizarse una instancia de participación de los usuarios antes de establecer nuevos valores.
El fallo del 18 de septiembre alcanzó inicialmente a EDES, EDELAP, EDEA y EDEN, las cuatro distribuidoras bajo jurisdicción provincial. La situación de las cooperativas había quedado sujeta a interpretaciones debido a que no habían sido mencionadas expresamente en esa resolución.
La nueva decisión despejó esa duda y amplió en los hechos el impacto de la cautelar sobre el interior bonaerense, donde las cooperativas tienen un rol central en la prestación del servicio eléctrico.
MES/CM









