La reciente reforma del régimen penal tributario generó un fuerte impacto en el fuero penal económico: más de 5000 expedientes por evasión quedaron alcanzados por los nuevos umbrales establecidos por la llamada Ley de Inocencia Fiscal. Según consignó La Nación, el 81% de las causas en trámite se vieron beneficiadas por la normativa.
En concreto, de un total de 6750 expedientes abiertos al momento de la sanción de la ley, 5445 quedaron por debajo de los nuevos límites de punibilidad, lo que habilitó su revisión o cierre bajo el principio de aplicación retroactiva de la ley penal más benigna. El cambio central se explica por la actualización de los montos, que habían quedado desfasados por la inflación. Antes de la reforma, la evasión simple se configuraba a partir de $ 1,5 millones, un valor vigente desde 2017. Con la nueva legislación, ese piso se elevó a $ 100 millones, mientras que la evasión agravada pasó de $ 15 millones a $1000 millones.
La modificación también alcanzó otros delitos tributarios. La retención indebida de aportes a la seguridad social subió de $ 100.000 a $ 3,5 millones mensuales, y la retención indebida de tributos pasó de $ 100.000 a $ 10 millones por mes.

De acuerdo con el informe de gestión del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, estos cambios implicaron que la gran mayoría de las causas en curso quedaran fuera del ámbito penal. En muchos casos, los expedientes dejaron de impulsarse por decisión de la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), por pedidos de las defensas o por resoluciones judiciales de oficio.
Especialistas en derecho tributario señalan que la reforma corrige un atraso significativo en los parámetros legales. Según reconstruyó el medio, la inflación había desactualizado los montos al punto de que muchas causas penales se iniciaban por cifras que hoy la ley considera irrelevantes. En ese contexto, el nuevo esquema redefine el alcance del delito tributario y desplaza numerosos casos hacia el ámbito administrativo, donde las irregularidades pasan a resolverse mediante multas en lugar de sanciones penales.
Hacia adelante, la normativa prevé que los montos se actualicen por inflación a partir de 2027, con el objetivo de evitar nuevos desfasajes y mantener criterios de punibilidad acordes a la realidad económica.
Los dólares siguen en el colchón
A cuatro meses de su entrada en vigencia, la Ley de Inocencia Fiscal muestra resultados por debajo de las expectativas oficiales en materia de bancarización de divisas. Impulsada por el Ministerio de Economía que encabeza Luis Caputo, la iniciativa buscaba incentivar a los ahorristas a volcar sus dólares al sistema financiero. Sin embargo, los datos más recientes evidencian una fuerte desaceleración: en marzo se registraron depósitos por apenas US$ 48 millones, muy por debajo de los US$ 424 millones de febrero y los US$ 995 millones de enero, según la consultora LCG. La cifra representa el incremento más bajo desde mayo de 2025 y pone en duda la efectividad de la medida.
El esquema, que elevó significativamente los umbrales para configurar delitos tributarios y estableció una presunción general de cumplimiento fiscal, pretendía facilitar el ingreso de divisas no declaradas sin sanciones. No obstante, especialistas advierten que el impacto es limitado debido a que no se modificaron las regulaciones del Banco Central de la República Argentina, que siguen exigiendo justificar el origen de los fondos incluso para montos bajos. En ese sentido, la economista Florencia Florentín señaló que la ley resulta “más discursiva que un cambio en sí”, al tiempo que subrayó las restricciones adicionales vinculadas a normas internacionales de prevención de lavado. Así, la brecha entre los objetivos declarados y las condiciones reales del sistema financiero aparece como uno de los principales obstáculos para su implementación efectiva.
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