A una semana del fallo de la Cámara del Trabajo que dejó sin efecto la cautelar que había frenado más de 80 artículos de la reforma laboral, el Gobierno nacional avanzó con la reglamentación del Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL), uno de los capítulos centrales de la Ley de Modernización Laboral.
Si bien desde el Gobierno insisten en que la medida promueve el empleo registrado, el esquema implica una fuerte reducción de las contribuciones patronales -es decir, de los recursos que financian el sistema de seguridad social- con el argumento de abaratar el costo de contratación para las empresas.
La reglamentación se formalizó mediante el decreto 315/2026, firmado por el presidente Javier Milei, el jefe de Gabinete Manuel Adorni y los ministros Sandra Pettovello y Luis Caputo. El texto habilita a los empleadores a pagar alícuotas significativamente reducidas durante un período de hasta cuatro años por cada trabajador incorporado bajo este régimen. Por lo tanto, estos trabajadores percibirán menos asignaciones familiares, fondo de desempleo, aportes jubilatorios, obras sociales y todo lo que tenga que ver con la seguridad social.

El universo de trabajadores alcanzados incluye perfiles históricamente precarizados: personas no registradas, desocupados recientes, ex monotributistas sin actividad y quienes provienen del sector público. Sin embargo, la lógica del régimen abre interrogantes sobre su impacto real: en lugar de fortalecer derechos laborales, reduce los aportes que financian jubilaciones, asignaciones familiares y otras prestaciones.
El beneficio alcanza a nuevas relaciones laborales iniciadas entre el 1 de mayo de 2026 y el 30 de abril de 2027, pero con una condición clave: solo podrán acceder las empresas que se hayan inscripto ante la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) a partir del 10 de diciembre de 2025. Es decir, se privilegia a nuevos empleadores mientras se excluye a gran parte del entramado productivo ya existente.
Las alícuotas fijadas -de 2 % y 3 %- representan una baja sustancial respecto de los niveles habituales. En la práctica, esto implica un menor ingreso para el Sistema Integrado Previsional Argentino (SIPA), el Fondo Nacional de Empleo y otros subsistemas de la seguridad social, trasladando el costo del “incentivo” al conjunto del sistema.

El Gobierno estableció como límite que las incorporaciones bajo el RIFL no superen el 80 % de la nómina total de cada empleador, aunque ese tope igualmente deja margen para una reconfiguración significativa de las plantillas bajo condiciones más laxas.
Si bien la norma enumera ventajas como el acceso al empleo formal o la inclusión previsional, la reducción de aportes no garantiza por sí misma la creación de puestos de trabajo, pero sí asegura una caída en la recaudación del sistema.
Otro punto cuestionado es la posibilidad de que los trabajadores mantengan actividades paralelas como monotributistas. Lejos de representar un beneficio, esto podría consolidar esquemas de ingresos fragmentados y menor protección, en línea con una tendencia a la flexibilización del vínculo laboral.
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