Alberto Beraldi, Rafael Valim y Javier Borrego, los tres abogados de la expresidenta Cristina Fernández de Kirchner, ofrecerán una rueda de prensa este martes para referirse a la presentación que hicieron ante el Comité de Derechos Humanos de la Organización de las Naciones Unidas (ONU). El objetivo es la revisión de la condena a prisión, cumplida en su domicilio por ser mayor de 70 años, y la inhabilitación para ejercer cargos públicos.
El 29 de julio pasado, Cristina había hecho la presentación ante el Comité de Derechos Humanos de la ONU para intentar revertir los efectos de la sentencia recibida en el marco de la causa Vialidad. Al mismo tiempo publicó una extensa carta abierta en sus redes sociales y una columna de opinión replicada en medios internacionales, donde oficializó la incorporación de los abogados internacionales y defendió su inocencia.

Además de los cuestionamientos sobre la condena a prisión, hay una gran expectativa sobre un guiño del comité respecto a la prohibición perpetua a ejercer cargos públicos. La clausura de todos los derechos políticos de Cristina es uno de los talones de aquiles de la sentencia.
¿Es vinculante una fallo del Comité de Derechos Humanos de la ONU?
Aunque algunas fuentes sostienen que una decisión del comité no es vinculante, pero Argentina es firmante de pactos y acuerdos internacionales con rango constitucional que alimentan otra posibilidad. Entre las voces que sostienen que una decisión del comité sí es vinculante, es Francisco Oneto, abogado penalista y exletrado del Javier Milei y de Federico «Fred» Machado, extraditado a Estados Unidos.

«Sorprende el desconocimiento de los “especialistas” que aseguran que un dictamen favorable a CFK del Comité de DDHH de la ONU no tendría efectos en su condena “porque está firme”. Falso», escribió el abogado y fue al punto: «El artículo 366 inciso f del Código Procesal Penal Federal habilita la revisión de sentencia firme cuando un órgano de aplicación de un tratado se pronuncia en una comunicación individual. Y el Comité es exactamente eso: artículos 28 y subsiguientes del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el artículo 1 del Protocolo Facultativo (1966) le dan competencia para recibir denuncias de individuos, y el artículo 5 lo faculta a emitir dictamen«.
Para Oneto, que fue candidato a vicegobernador de la Provincia de Buenos Aires por LLA, «un dictamen favorable habilitaría la acción de revisión. La cosa juzgada no es el muro que dicen.»
CM










