El jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y su esposa Betina Angeletti solicitaron ayer adherir al “Régimen Simplificado del Impuesto a las Ganancias”, conocido públicamente como “Ley de Inocencia Fiscal”, una herramienta impulsada por el oficialismo que permite regularizar incrementos patrimoniales sin necesidad de justificar su origen ante el organismo recaudador.
La información figura en los registros de ARCA —ex AFIP—, donde consta que ambos realizaron el trámite el 9 de junio bajo el amparo de la Ley 27.799, sancionada durante las sesiones extraordinarias convocadas por el gobierno de Javier Milei.
La adhesión ocurre en un contexto hipersensible Adorni y su esposa, que aún no presentó su declaración jurada patrimonial correspondiente al último período fiscal y enfrenta crecientes cuestionamientos sobre la evolución de sus bienes y gastos desde su llegada al Gobierno.
La inocencia fiscal fue presentada por el oficialismo como una forma de “blindar los ahorros” de los contribuyentes y simplificar el pago del impuesto a las Ganancias. En los hechos, el esquema establece que quienes adhieran tributarán únicamente sobre los ingresos declarados, sin que el Estado considere la variación patrimonial o el nivel de consumo personal para calcular inconsistencias fiscales.
El propio Milei celebró públicamente la sanción de la ley al afirmar que “ningún político del futuro va a poder quitarles los ahorros a los argentinos de bien”. En la misma línea, Adorni había defendido reiteradamente la iniciativa en redes sociales.
“Entró en vigencia la Ley de Inocencia Fiscal que le devuelve a los argentinos la libertad de usar su dinero sin darle explicaciones a nadie”, escribió el funcionario meses atrás. Ahora, su incorporación al régimen vuelve sobre aquellas declaraciones.
La polémica se concentra en la multiplicación de operaciones, viajes y gastos que no encuentran correlato con los ingresos conocidos del funcionario y su entorno familiar. La justicia investiga la compra de un departamento en el barrio porteño de Caballito por una suma declarada de 30.000 dólares y una hipoteca de 200.000 dólares otorgada por dos jubiladas, refacciones en una vivienda ubicada en el country Indio Cuá valuadas en alrededor de 245.000 dólares, viajes al exterior y estadías en destinos de lujo como Aruba, Punta del Este y el hotel Llao Llao y consumos con tarjetas de crédito que habrían superado ampliamente los ingresos declarados por el funcionario.
La adhesión al régimen no elimina eventuales responsabilidades penales. Especialistas tributarios y constitucionalistas remarcan que la ley puede limitar cuestionamientos impositivos vinculados a evasión o inconsistencias fiscales, pero no impide investigaciones por presunto enriquecimiento ilícito u otros delitos contra la administración pública.
Uno de los aspectos más cuestionados de la Ley 27.799 es que no excluyó expresamente a funcionarios públicos ni a Personas Expuestas Políticamente (PEP), algo que sí había ocurrido en regímenes de blanqueo anteriores impulsados por distintos gobiernos.
Esa omisión permite que integrantes del Poder Ejecutivo puedan acogerse al beneficio sin restricciones especiales, pese a que administran recursos públicos y están alcanzados por mayores estándares de transparencia. La lista de funcionarios acogidos sería más amplia.
Mientras tanto, la declaración jurada del jefe de Gabinete sigue sin aparecer y el debate ya no gira solamente alrededor de cuestiones tributarias, sino también sobre la necesidad de explicar el origen y la evolución de bienes incompatibles con los ingresos oficialmente conocidos.
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