El Ministerio de Salud puso en marcha el cobro por la atención médica a extranjeros no residentes en hospitales administrados por la Nación. La resolución 1066/2026, publicada en el Boletín Oficial con la firma del ministro Mario Lugones, implementa lo que ya había habilitado el DNU que modificó la Ley de Migraciones, cuestionado en tribunales y a la espera de una definición de la Corte Suprema sobre un planteo de inconstitucionalidad.
Lugones justificó la decisión alegando que «cuidar los recursos de los argentinos también significa administrarlos con responsabilidad y transparencia». En una publicación en X, el ministro expresó que «esto significa un antes y un después en el cuidado del bolsillo de los pagadores de impuestos en la República Argentina.
A PARTIR DE HOY, LOS EXTRANJEROS PAGARÁN LA ATENCIÓN MÉDICA EN HOSPITALES NACIONALES
El Gobierno Nacional estableció parámetros claros para la atención sanitaria de personas extranjeras no residentes en los hospitales públicos nacionales, en cumplimiento de las modificaciones… https://t.co/LcrzKhsGrU
— Mario Lugones (@Mariolugones_ar) August 11, 2026
A su vez, el vocero presidencial Adrián Ravier dio detalles de la medida. “A partir de hoy, todo paciente extranjero que no sea residente permanente deberá contar con seguro médico o pagar para ser atendido en los hospitales públicos nacionales”, sostuvo en su cuenta de la red social X. “En el caso de extranjeros que no cuenten con seguro médico o cuyo seguro sea insuficiente para cubrir los costos, el hospital exigirá el pago de la prestación previo a brindarla, excepto en los casos de riesgo de vida en los que la atención sanitaria de emergencia continuará garantizada”, aclaró.
SE TERMINÓ LA SALUD GRATIS PARA LOS EXTRANJEROS
A partir de hoy, todo paciente extranjero que no sea residente permanente deberá contar con seguro médico o pagar para ser atendido en los hospitales públicos nacionales.
En el caso de extranjeros que no cuenten con seguro médico… pic.twitter.com/9Nhr395JGg
— Adrian Ravier (@AdrianRavier) August 11, 2026
“El Ministerio de Salud de la Nación termina así con uno de los mayores flagelos de los pagadores de impuestos: financiar la salud pública de extranjeros que no viven acá, no trabajan acá, ni pagan impuestos acá”, remarcó.

El esquema distingue dos situaciones según la cobertura del paciente. Quienes cuenten con un seguro de salud tendrán su atención facturada directamente a la aseguradora: el hospital deberá notificar el ingreso dentro de las primeras 24 horas y emitir una factura electrónica de exportación de servicios, con un plazo de 45 días corridos para que la compañía transfiera el pago. Si ese plazo se vence, la norma habilita el inicio de acciones judiciales de cobro.
Quienes no tengan ningún tipo de cobertura, en cambio, deberán abonar el total del arancel antes de recibir la prestación, calculado según el nomenclador vigente de cada institución. Los residentes permanentes quedan al margen de todo este esquema: acceden al sistema público en las mismas condiciones que un ciudadano argentino, acreditando esa categoría con el DNI para extranjeros o, si está en trámite, con la constancia digital que emite Migraciones.

Las emergencias quedan afuera del cobro
La resolución es categórica en un punto: ninguna situación de emergencia puede ser negada ni demorada por trámites administrativos, sin importar la condición migratoria del paciente. El anexo de la norma enumera distintos cuadros considerados emergencia, entre ellos paro cardiorrespiratorio, accidente cerebrovascular, infarto agudo de miocardio, traumatismos graves, hemorragias masivas, quemaduras extensas, sepsis y emergencias obstétricas, pediátricas o neonatales.
Para los casos dudosos, el texto fija un criterio de resguardo: si al momento del ingreso no queda claro si se trata de una emergencia, debe primar la atención inmediata hasta que el profesional a cargo determine lo contrario. Una vez estabilizado el cuadro, se consolidan y facturan los gastos posteriores.
El relato oficial
El alcance neto de la medida es limitado: los extranjeros sin residencia representan alrededor del 6% del total de pacientes atendidos en los hospitales nacionales. Tampoco se trata de una novedad absoluta en el país: Salta, Jujuy, Mendoza, Santa Cruz y la Ciudad de Buenos Aires ya aplicaban esquemas similares de cobro a nivel provincial antes de esta reglamentación nacional.
Entre los hospitales nacionales alcanzados por la resolución figuran el Posadas, el Baldomero Sommer, el Ramón Carrillo, el Instituto Nacional de Rehabilitación Psicofísica del Sur y el Laura Bonaparte. Quedan afuera, en cambio, los hospitales de gestión compartida entre Nación y provincias, como el Garrahan: al tener consejo de administración propio, deberán aprobar su propio procedimiento de cobro antes de aplicar el esquema.
El propio DNU 366/2025 había fundamentado el cambio con un diagnóstico específico: sostuvo que se había instalado como práctica habitual que ciudadanos de países vecinos ingresaran al país con el único fin de recibir atención médica gratuita, incluidas prestaciones de alta complejidad, y regresaran de inmediato a su lugar de origen.
Según ese texto, ese flujo había generado una presión creciente sobre la demanda asistencial que, a criterio del Gobierno, comprometía la sostenibilidad del sistema sanitario público. Con la resolución de ayer, el Ministerio de Salud busca además unificar un procedimiento que hasta ahora cada hospital podía aplicar de manera dispar.
JL/CM










