El diputado nacional Maximiliano Ferraro presentó un pedido de acceso a la información pública y un pedido de informes dirigidos al Ministerio de Seguridad y a la Dirección Nacional de Migraciones para que el Gobierno detalle las cifras de deportaciones mencionadas por el presidente Javier Milei par determinar cuántas personas fueron efectivamente expulsadas del país en 2025 y 2026 y cuántas de ellas tenían una vinculación comprobada con actividades terroristas.
La presentación se produjo luego de que el mandatario afirmara en una entrevista que durante el año pasado la Argentina deportó a 10.000 terroristas y que en lo que va de 2026 la cifra ascendió a 20.000. De acuerdo con esos números, el Presidente atribuyó a su administración un total de 30.000 expulsiones de personas a las que identificó como terroristas, una afirmación que ahora deberá ser precisada mediante información oficial.

Ferraro sostuvo que la magnitud de las declaraciones presidenciales requiere una explicación documentada por parte de los organismos competentes. En ese sentido, planteó que las cifras difundidas por Milei deben contrastarse con los registros administrativos y judiciales disponibles, especialmente porque la calificación de una persona como terrorista supone consecuencias jurídicas y exige fundamentos concretos.
Uno de los ejes centrales de la iniciativa es conocer el número exacto de extranjeros que fueron expulsados de la Argentina durante los dos períodos mencionados por el jefe de Estado. El diputado de la Coalición Cívica solicitó que Migraciones informe cuántas medidas de expulsión se dictaron, cuántas se hicieron efectivas y bajo qué causales se dispusieron.

La distinción entre las decisiones administrativas y las expulsiones concretadas constituye uno de los puntos que Ferraro pretende esclarecer. El legislador busca establecer si los 10.000 casos correspondientes a 2025 y los 20.000 mencionados para 2026 representan personas efectivamente deportadas o si incluyen procedimientos iniciados, órdenes de expulsión pendientes de ejecución u otras situaciones migratorias.
El planteo también apunta a conocer cómo se distribuyen esos números entre las distintas causales previstas por la legislación vigente. En particular, el diputado requirió información sobre cuántas personas fueron expulsadas por motivos vinculados con el terrorismo, en los términos del artículo 29 de la Ley de Migraciones 25.871.
La norma establece impedimentos para el ingreso y la permanencia de extranjeros en el territorio nacional bajo determinadas circunstancias. Por eso, Ferraro pretende que el Gobierno precise si las personas señaladas por Milei fueron alcanzadas por alguna de esas disposiciones y cuáles fueron los fundamentos utilizados en cada caso.
El requerimiento incluye, además, información sobre la existencia de imputaciones penales o condenas contra las personas comprendidas en las cifras presidenciales. El objetivo es determinar cuántas contaban con actuaciones judiciales y cuál era su situación procesal al momento de la expulsión.
La presentación busca diferenciar, de esta manera, entre una medida migratoria, una investigación penal y una condena por delitos relacionados con el terrorismo. Se trata de categorías que no son equivalentes y cuya diferenciación resulta central para reconstruir el alcance de los números expuestos públicamente por el Presidente.
Otro de los aspectos incluidos en los pedidos de información es la eventual inscripción de los extranjeros deportados en el Registro Público de Personas y Entidades vinculadas a actos de Terrorismo y su Financiamiento (RePET).
Ferraro reclamó que los organismos informen cuántas de las personas mencionadas por Milei aparecen incorporadas en ese registro y si la calificación de terroristas se realizó de acuerdo con los criterios establecidos en esa normativa. El diputado también pidió conocer qué información concreta respalda la identificación de esas personas como integrantes de organizaciones terroristas o vinculadas con actividades de esa naturaleza. La solicitud apunta a establecer si existen antecedentes judiciales, resoluciones administrativas u otros elementos documentales que fundamenten esa caracterización.
La pregunta adquiere relevancia porque el Presidente no se limitó a anunciar un volumen de deportaciones, sino que atribuyó a la totalidad de las personas mencionadas una condición específica. Para Ferraro, esa afirmación requiere conocer los procedimientos y los criterios utilizados por el Estado para determinar quiénes integran ese universo.
En ese marco, el pedido de informes procura que Seguridad y Migraciones expliquen qué mecanismos de coordinación existen entre ambas dependencias para identificar a personas sospechadas de actividades terroristas, verificar sus antecedentes y disponer eventuales medidas de expulsión.
El planteo de Ferraro incorpora otro tramo de las declaraciones presidenciales. Durante la entrevista televisiva, Milei también sostuvo que existieron extranjeros que ingresaron a la Argentina con la intención de «dinamitar el modelo argentino».
A partir de esa afirmación, el diputado solicitó que el Gobierno informe si existen registros oficiales de personas que hayan ingresado al territorio nacional con ese propósito y qué denuncias fueron presentadas ante las autoridades correspondientes. El requerimiento apunta a conocer si hubo investigaciones, actuaciones administrativas o presentaciones judiciales relacionadas con esos supuestos ingresos. También busca determinar qué información maneja el Estado sobre la identidad y las actividades de las personas involucradas, así como los organismos que intervinieron en cada caso.

La solicitud coloca bajo análisis dos afirmaciones del mandatario: por un lado, la cantidad de personas deportadas que identificó como terroristas y, por otro, la existencia de extranjeros que habrían ingresado al país con el propósito de atentar contra el programa económico del Gobierno.
Los datos requeridos deberán ser aportados por las dependencias involucradas para determinar el alcance de las cifras y los antecedentes que las sustentan. La presentación se inscribe en el mecanismo de control previsto por la Ley 27.275 de Acceso a la Información Pública, que establece herramientas para que la ciudadanía pueda solicitar información en poder de los organismos estatales. En paralelo, el pedido de informes apunta a obtener precisiones institucionales sobre las decisiones y los procedimientos de las áreas responsables.
El eje de la polemica pasa por establecer si las 30.000 personas mencionadas fueron efectivamente deportadas y qué elementos permiten sostener que se trataba de individuos vinculados con el terrorismo.
AL/CM










