El fiscal federal Gerardo Pollicita consideró que no hay elementos para sostener que Manuel Adorni se enriqueció de forma ilícita durante su paso por el Gobierno y pidió que la causa deje de tramitar como enriquecimiento ilícito. Le solicitó al juez Ariel Lijo que se declare incompetente y envíe el expediente a la Justicia Nacional en lo Penal Económico, para investigar una posible evasión tributaria.
No es un sobreseimiento. En el fallo, Pollicita aclaró que la falta de encuadre en el delito «no significa que no deba responder por una conducta antijurídica de otra naturaleza». Según el fiscal, persisten indicios de que ingresos, dólares en efectivo y activos virtuales quedaron fuera de las declaraciones fiscales durante años.
El fundamento es que el incremento patrimonial se produce después de la asunción del cargo, y la defensa ubica el origen de los fondos en operaciones con Bitcoin entre 2014 y 2018, varios años antes del 14 de diciembre de 2023. El fiscal sostuvo que con la prueba reunida «no se ha podido descartar» ese origen, y que tampoco se logró vincular el dinero con «un acto funcional, una contraprestación o una fuente ilícita asociada a la función».

La causa nació de una denuncia de la diputada Marcela Pagano y analizó el patrimonio de Adorni entre el 14 de diciembre de 2023 y el 27 de junio de 2026. La Fiscalía había detectado erogaciones por USD 402.578,12, de las cuales USD 374.081,66 se pagaron en efectivo, y una diferencia de $43.068.549 entre ingresos lícitos y gastos. Entre las operaciones bajo la lupa estaban una casa en el country Indio Cuá, escriturada en noviembre de 2024 a nombre de su esposa, Bettina Angeletti, por USD 120.000, y un departamento en Caballito, comprado en noviembre de 2025 por USD 230.000. También figuraban refacciones pagadas en efectivo y consumos con tarjetas de empleados, incluidos en los 20 puntos que debía justificar.
Pollicita considero que, ante «las inconsistencias y el accionar errático» que había mostrado en el expediente y en sus declaraciones públicas, y dado «el carácter novedoso y hasta entonces poco verosímil de la explicación ofrecida», ordenó diligencias para contrastar el descargo.

La defensa sostuvo que entre 2014 y 2018 operó con ocho direcciones de autocustodia, que las compras rondaron los USD 200.000 y que la liquidación de esos activos dejó USD 591.544,61, conservados luego en efectivo. Para el fiscal, ese relato no pudo ser refutado con los elementos disponibles.
Los números del matrimonio, según el dictamen, hacen posible la inversión. Entre Adorni y Angeletti acumularon remuneraciones por unos USD 335.000 hasta 2014 y unos USD 493.000 hasta 2018, a los que se suman compras de divisas por USD 60.983 entre 2011 y 2014 y la venta, por USD 50.000, de un inmueble heredado en La Plata. La Fiscalía aclaró que eso no prueba la inversión, pero la ubica en una escala económica posible.
El fiscal agregó un argumento jurídico. El enriquecimiento ilícito es una figura subsidiaria y, si los hechos encuentran un encuadre más preciso, corresponde ese otro fuero. Citó a la Cámara de Casación, que ubica el delito en el enriquecimiento «producido durante el ejercicio de la función».

La Fiscalía ordenó una verificación criptográfica de las ocho direcciones. Estableció que las claves privadas estaban bajo control de la defensa de Adorni y que podían producir firmas digitales válidas. También que las direcciones tuvieron actividad entre 2014 y 2018 y hoy no tienen saldo.
El informe de la Policía Federal advirtió el límite: la cadena de bloques no permite identificar a quién controló una billetera en un momento determinado ni desde cuándo tuvo acceso a la clave. De los 41 movimientos registrados, 17 no habrían tenido contacto con plataformas y el resto se vincularía con servicios del exterior cuyos plazos de conservación de datos ya habrían vencido.
Para la Fiscalía, eso impide corroborar de forma definitiva el relato, pero tampoco permite desacreditarlo. El informe consideró técnicamente consistente que quien controla hoy las direcciones también las haya administrado entre 2014 y 2018.

El mismo relato que lo salva del enriquecimiento ilícito lo expone a otro delito. Según el dictamen, la fuente anterior a la función se compone, por el propio relato de Adorni, de recursos que no fueron informados al fisco. Esa omisión «no se agota en los ejercicios en que se generaron los ingresos»: se proyecta desde 2014 hasta su exteriorización en 2026. La propia defensa admitió que parte de lo incorporado en las rectificativas era «materia antes no declarada» y que los ahorros quedaron fuera «del radar de ARCA».
La Justicia Penal Económica deberá reconstruir, tributo por tributo, si hubo evasión en Ganancias, Bienes Personales u otros impuestos. Entre los puntos a investigar figuran los ingresos profesionales usados para comprar Bitcoin, la liquidación posterior, la moneda extranjera no declarada, las diferencias entre lo informado a Binance y lo declarado ante la Oficina Anticorrupción y mutuos cuya entrega de fondos no habría sido acreditada.

Pollicita señaló indicadores que podrían exceder una infracción administrativa: la omisión de declarar bienes durante años, el predominio del efectivo, la intervención de terceros y la exteriorización de fondos una vez iniciada la causa.
Pidió además extraer testimonios para que el fuero económico analice la conducta de dos desarrolladores inmobiliarios y de un contratista, por operaciones que habrían quedado fuera del control impositivo, y enviar actuaciones al Colegio Público de Escribanos para que evalúe la intervención de una escribana. Ahora Lijo debe resolver si acepta la declinatoria y manda el expediente al fuero penal económico, donde se sorteará un nuevo juzgado.
JD/CM










