El Gobierno de Milei buscará reemplazar la ley de sociedades con un ambicioso proyecto que llega al Senado, donde por el momento se siguen acumulando iniciativas que el oficialismo no logra destrabar. La vigente ley de sociedades tiene 54 años. Es un decreto ley de la autodenominada «Revolución Argentina», la dictadura militar que Agustín Lanusse presidió en 1972 y, con parches y modificaciones, siguió siendo el marco jurídico bajo el cual se constituyen y operan todas las empresas de Argentina. Bajo esa argumentación es que ahora el ministro de Desregulación, Federico Sturzenegger, envió a la cámara alta unos 295 artículos que apuntan directamente a reemplazar esa Ley 19.550. El texto lleva las firmas del Presidente, del jefe de Gabinete, Manuel Adorni, y el ministro de Justicia, Juan Bautista Mahiques.
El proyecto llegó al Congreso en paralelo al Súper RIGI para industrias tecnológicas y completa una estrategia más amplia del Gobierno: no solo atraer inversiones de empresas como Palantir o las que Peter Thiel representa, sino también cambiar el marco legal para que puedan instalarse y operar en Argentina bajo reglas compatibles con sus modelos de negocios. La conexión no es explícita en el texto, pero tampoco hace falta que lo sea. Las figuras que el proyecto crea no existen hoy en ningún otro país de la región —y muy pocas en el mundo.

Empresas sin trabajadores: la «Sociedad Automatizada»
El artículo 14 del proyecto crea la figura de la «Sociedad Automatizada«: cualquier empresa que desarrolle su objeto social mediante sistemas algorítmicos autónomos o agentes de inteligencia artificial, sin requerir trabajadores en relación de dependencia ni recursos humanos para su operación ordinaria. El proyecto establece que estas empresas deben incluir la palabra «Automatizada» en su denominación y que responden con su patrimonio por los daños causados por sus algoritmos. Es decir, el Código Civil y Comercial argentino va a tener que lidiar con que una empresa demandada por daños pueda oponer como defensa que la decisión la tomó un algoritmo, no una persona. El proyecto no propone una resolución ante ese escenario.
Organizaciones en blockchain: la DAO
El artículo 258 crea la Sociedad Descentralizada Autónoma Operativa, la DAO. Una DAO es una organización que funciona mediante contratos inteligentes y blockchain: sus reglas de gobernanza, sus decisiones y la distribución de beneficios están programadas en código y se ejecutan automáticamente, sin necesidad de directivos tradicionales ni juntas de accionistas físicas. Las participaciones pueden representarse con tokens o fichas criptográficas. Las transferencias son oponibles desde su registración en la red, sin notificación fehaciente adicional.
El proyecto exige que toda DAO tenga al menos un representante legal humano —la única persona que puede actuar frente a terceros y ante la Justicia—. También obliga a identificar a los titulares de participaciones conforme a estándares de debida diligencia antilavado, y a designar un oficial de cumplimiento ante la Unidad de Información Financiera cuando corresponda. Pero establece que la fiscalización del Estado no puede extenderse a elementos del protocolo protegidos por derechos de propiedad intelectual o secreto industrial, salvo orden judicial. Es decir: el Estado puede controlar quiénes son los dueños, pero no puede revisar cómo funciona la máquina sin que un juez lo autorice.

Los únicos antecedentes de legislación similar a nivel mundial son Wyoming y Vermont —estados considerados paraísos fiscales para empresas dentro de EEUU— y las Islas Marshall, un estado asociado a EE.UU. considerado paraíso fiscal por la mayoría de las legislaciones globales.
Disputas internas bajo leyes extranjeras
El artículo 141 es el que más preocupaciones genera entre los especialistas, según pudo saber La Pluma. Establece que el estatuto de una empresa puede fijar que los conflictos internos entre socios (no con terceros, no con el Estado, sino entre los propios dueños) se rijan por derecho extranjero o por el derecho mercantil internacional. Los socios que no estén de acuerdo con incluir esa cláusula en una reforma estatutaria tienen derecho de receso. Pero si la mayoría lo vota, la minoría queda bajo la ley que eligió la mayoría. El artículo excluye de esa libertad las cuestiones de constitución, inscripción, responsabilidad frente a terceros, insolvencia, disolución y fiscalización estatal. Pero para todo lo interno —conflictos entre socios, impugnación de decisiones, gobernanza— la puerta queda abierta.

Los cambios para las empresas y lo que no queda resuelto
Más allá de las figuras novedosas, el proyecto tiene cambios que afectan a cualquier empresa argentina. Amplía la unipersonalidad a todos los tipos societarios. Flexibiliza el objeto social: si no se especifica, la empresa puede hacer «cualquier actividad lícita», eliminando la mayoría de las reformas de estatuto que hoy se hacen cuando una empresa cambia de rubro. Admite aportes en activos digitales, derechos y créditos. Digitaliza los registros públicos y habilita la constitución de sociedades con firma electrónica, sin escribanía. Incorpora la Sociedad por Acciones Simplificada al cuerpo general de la ley. Y abandona la pérdida del capital social como causal de disolución, reemplazándola por criterios de solvencia y liquidez real.

También introduce instrumentos convertibles y opciones de suscripción —herramientas estándar en el financiamiento de startups que hoy operan en Argentina con contratos atípicos por falta de marco legal. Y reconoce el arbitraje societario como mecanismo válido para resolver conflictos, incluyendo árbitros internacionales cuando el estatuto lo prevea.
El proyecto llega al Senado en un momento en que la cámara alta ya tiene una agenda colapsada: holdouts, propiedad privada, pliegos judiciales, salud mental, reforma electoral, Hojarasca, Zonas Frías. Bullrich viene postergando ir al recinto por falta de quórum. Esta nueva ley de casi 300 artículos no tiene fecha de tratamiento en comisión. Sturzenegger la anunció en redes el viernes pasado con entusiasmo. El Senado todavía no la agendó.
LEY DE SOCIEDADES. Como indica el Jefe de Gabinete @madorni, el presidente @JMilei está enviando al Congreso un proyecto de reforma de la Ley General de Sociedades del presidente Lanusse, que nos debíamos hace tiempo. Se suma al conjunto de reformas muy profundas que estamos… https://t.co/mYGOIAYhDB
— Fede Sturzenegger (@fedesturze) May 29, 2026
JD/CM






